El esquilado, considerado como actividad esencial en el Real Decreto-Ley 10/2020

El último Real Decreto-ley 10/2020, publicado el 29 de marzo, vuelve a confirmar el esquilado de las ovejas como labor esencial. Esta actividad ya estaba contemplada en el primer Real Decreto-ley, publicado el 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma y las excepciones que regulaban el desplazamiento a los lugares de trabajado.

El principal motivo por el que se permite llevar a cabo el esquilado de las ovejas es para garantizar, en primer lugar, el bienestar de los animales y, por tanto, su atención sanitaria al estar preparando al ganado para la llegada del verano y la subida de temperaturas. Una labor que garantiza reducir el estrés térmico, el riesgo de proliferación de enfermedades causadas por ectoparásitos, así como la realización de tratamientos antiparasitarios, podológicos y reconocimientos sanitarios individualizados.

Por otra parte, INTEROVIC ha hecho un llamamiento al Gobierno de España para que facilite la entrada de personal extranjero especializado en las labores del esquileo, ya que si esto no sucede se prevé que podría quedar el 60% de las ovejas de toda España sin esquilar. Según el presidente de la Interprofesional, Raúl Muñiz, “podría provocar importantes alteraciones sanitarias sobre la cabaña ganadera española y la merma en el bienestar de los animales”.

Fotografía: Jonathan Tajes Olgos (Ovifoto 2017), título “Motila”. 

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